➨ En
el debate de investidura que finalizó aupando a Mariano Rajoy a la presidencia
del Gobierno, el portavoz del PSOE, Antonio Hernando, informó de que su partido
va a presentar una iniciativa parlamentaria para modificar el artículo 99 de la
Constitución para que nunca más vuelvan a repetirse situaciones como las que
hemos vivido los españoles durante estos últimos meses para poder tener un
presidente. Como pocos españoles ignoran, la elección de jefe de Gobierno
cuando un partido disfruta de mayoría absoluta es muy simple. La situación
cambia cuando no hay ningún partido con mayoría absoluta. En este caso, el
candidato propuesto por el Rey necesita conseguir dicha mayoría absoluta en
primera votación o mayoría simple en segunda. Si no se consigue, se tramitarán
sucesivas propuestas y si, transcurrido el plazo de dos meses a partir de la
primera votación, ningún candidato hubiere obtenido la confianza, el Rey
disolverá las cámaras y convocará elecciones. Y así elección tras elección
hasta que un candidato obtenga más votos afirmativos que negativos.
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Debate de investidura de Rajoy |
La
normativa jurídica tiene como misión principal ordenar y garantizar la vida en
sociedad en las mejores condiciones posibles. Los valores que la sustentan son
la seguridad y la justicia. Las leyes no pueden estar redactadas para
dificultar el normal desarrollo de las instituciones. Pero los españoles parece
que nos hemos convertido en especialistas en creación de dificultades cuando
existen vías alternativas de simplificación, que despreciamos. Garantías sí,
pero obstáculos no, por favor. Lo que nos ha pasado ahora nos pasó también con
las últimas elecciones al Parlamento de Andalucía. Con un agravante: el
Estatuto de Autonomía de Andalucía, reformado en 2007, pudo solucionar este
tema. El artículo 118 establece, para elegir presidente de la Junta, un
procedimiento similar al previsto en el artículo 99 de la Constitución para
elegir presidente del Gobierno de España.
Los
vascos han renovado su parlamento hace unas pocas semanas. Ningún partido
obtuvo mayoría absoluta. Pero ya tienen presidente. En las normas del parlamento
vasco brilla por su ausencia el bloqueo institucional. Allí es prácticamente
imposible que semanas después de las elecciones vascas no haya lehendakari. En
Euskadi también se exige mayoría absoluta en primera votación y mayoría simple
en segunda. La diferencia estriba en que allí no se puede votar en contra de
ningún candidato. Cada grupo se presenta y vota a su candidato o se
abstiene, pero nunca puede votar en contra. De esta forma, es investido
lehendakari el candidato que obtiene más votos favorables. En la anterior legislatura
Iñigo Urkullu fue designado lehendakari con solo 27 votos, los provenientes del
Partido Nacionalista Vasco. Ahora, también con los del PSE.
Esta
simplificación para elegir un jefe de ejecutivo no es exclusiva del País Vasco.
Una forma similar rige también en Asturias. En Castilla-La Mancha si ningún
candidato alcanza la mayoría simple en dos meses, quedará automáticamente
designado el candidato del partido con mayor número de escaños. Otras
comunidades autónomas tienen procedimientos similares. Toca, pues reformar, la
Constitución –y, cuando podamos, también el Estatuto de Autonomía de Andalucía-
para que no vuelvan a repetirse episodios de bloqueo tan lamentables como los
que hemos sufrido últimamente. Emilio Ruiz.